Un nuevo esquema de sanciones para los comercios
Un proyecto ingresado al Concejo Municipal de Rosario propone establecer sanciones específicas para los comercios que vendan, ofrezcan o entreguen de manera gratuita cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros dispositivos de inhalación de vapor o aerosoles a menores de 18 años.
La iniciativa fue presentada por la concejala Carolina Labayru y plantea modificaciones al Código de Convivencia local. El objetivo es establecer un régimen de multas y clausuras para los establecimientos que permitan el acceso de niños y adolescentes a estos productos.
Para la primera infracción, el proyecto establece multas de entre 75 y 375 Unidades Fijas (UF), además de una clausura preventiva de entre 10 y 20 días. Según el valor de la UF consignado en el expediente, de $2.092, el máximo previsto equivale a aproximadamente $784.500.
Reincidencia: multas más altas y posible pérdida de la habilitación
El proyecto incorpora un esquema progresivo para los casos en que un comercio vuelva a cometer la infracción.
Ante una primera reincidencia, la multa pasaría a ubicarse entre 150 y 1.900 UF, junto con una clausura de entre 20 y 30 días. En una segunda reincidencia, además de la sanción económica y el cierre, podría disponerse la caducidad de la habilitación comercial.
La propuesta también contempla sanciones para los establecimientos que no exhiban cartelería visible sobre la prohibición de fumar y utilizar cigarrillos electrónicos a menores de 18 años.
Otro de los puntos incluidos alcanza a los comercios que tengan máquinas expendedoras automáticas de cigarrillos, productos derivados del tabaco o vapeadores.
La iniciativa llega después de otra reforma en el Concejo
El proyecto se presentó pocos días después de que el Concejo Municipal aprobara modificaciones a las sanciones aplicables a los responsables de bares, restaurantes y locales de ocio que incumplan las normas sobre espacios libres de humo.
Esa reforma eliminó la clausura inmediata ante una primera infracción o reincidencia en determinados incumplimientos.
El concejal Lautaro Enriquez, impulsor de aquella modificación, sostuvo que las sanciones anteriores resultaban excesivamente punitivas y planteó que el uso de vapeadores se encuentra extendido tanto entre jóvenes como entre adultos.
El nuevo proyecto propone, en cambio, establecer un régimen específico cuando la conducta involucre directamente la venta o entrega de estos productos a menores de edad.
Rosario ya había incorporado a los vapeadores a sus restricciones
La discusión se suma a una modificación aprobada en julio de 2026, mediante la cual Rosario incorporó formalmente a los cigarrillos electrónicos, calentadores de tabaco y vapeadores dentro de las restricciones vinculadas al consumo y la publicidad.
La normativa municipal vigente también contempla sanciones para responsables de establecimientos que permitan fumar o utilizar cigarrillos electrónicos, vapeadores, productos de tabaco calentado u otros sistemas con nicotina en espacios cerrados.
De esta manera, la nueva iniciativa busca avanzar sobre otro aspecto de la regulación: el acceso de menores a estos dispositivos a través de los comercios.
El proyecto inicia ahora su recorrido legislativo
La propuesta deberá ser analizada por las comisiones del Concejo Municipal antes de llegar al recinto para su eventual tratamiento.
Si avanza, Rosario contará con un régimen de sanciones específicamente orientado a los establecimientos que comercialicen o suministren vapeadores a menores, con un esquema que combina multas económicas, clausuras, agravantes por reincidencia y la posibilidad de perder la habilitación comercial.
La iniciativa abre así una nueva instancia del debate sobre la regulación de los vapeadores en la ciudad, esta vez enfocada particularmente en evitar su comercialización a niños y adolescentes.
